29/10/16

Normas de la inquisición para casos de cremación

En Marzo de este año, el pontífice católico aprobó la instrucción Ad resurgendum cum Christo (para resurgir con Cristo), que prohibe a los católicos hacer lo que quieran con las cenizas de sus difuntos.
Redactado por la Congregación de la Doctrina de la Fe, es decir, por la misma que mucho antes fue la abominable Inquisición, (recordemos que antiguamente fue llamada Sagrada Congregación de la Romana y Universal Inquisición*), este documento** fue aprobado por el pontífice. 
Ahora, la inquisición ha establecido, refrendado y avalado por el pontífice romano, que está prohibido esparcir las cenizas de los fallecidos en la naturaleza o que se guarden en casa. Según el pontífice, los restos incinerados deben "mantenerse en un lugar sagrado". En decir, "en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente". 
Esto parace una forma de beneficiar económicamente a las instituciones católicas como iglesias y cementerios. 
Pero si usted, como católico rebelde, decide hacer algo diferente, lo que le espera es que se le negarán las exequias:
En el caso de que el difunto hubiera dispuesto la cremación y la dispersión de sus cenizas en la naturaleza por razones contrarias a la fe cristiana, se le han de negar las exequias, de acuerdo con la norma del derecho católico. 
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Fundada por Pablo III en 1542, (bajo la influencia del cardenal Giovanni Pietro Carafa, quien años más tarde se convertiría en el papa Pablo IV), el "Santo Oficio" se convirtió en su arma más poderosa. Fue renombrada por Pío X en 1908 como Sagrada Congregación del Santo Oficio y a la que Pablo VI en 1965 le dio su nombre actual.
**Puede ver el documento en http://estaticos.elmundo.es/documentos/2016/10/25/cenizas.pdf